Persis se suma a la promoción de la NOM-156 que regula el monitoreo de la calidad del aire en México

En Persis, líder en diseño, implementación y mantenimiento de redes de monitoreo atmosférico, promovemos la aplicación de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-156-SEMARNAT-2008, la cual regula el establecimiento de sistemas de medición de la calidad del aire y tiene como objetivo:

“Especificar las condiciones mínimas que deben ser observadas para el establecimiento y operación de sistemas de monitoreo de la calidad del aire y de muestreo de contaminantes atmosféricos”.

Lo anterior argumenta la necesidad de que todas las ciudades cuenten con sistemas confiables que midan la calidad del aire, aquí el monitoreo atmosférico es de importancia fundamental para proveer la información necesaria y para que los gobiernos cuenten con una evaluación oportuna de cada región y sus tendencias.

En el caso de México y en materia de calidad del aire, la normatividad está determinada particularmente por la Secretaría de Salud y por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ambas dependencias han desarrollado Normas enfocadas a la protección de la salud de la población y a la medición de los contaminantes.

• Secretaría de Salud. Los criterios para evaluar la calidad del aire respecto a los contaminantes criterio; los valores normados para las concentraciones de contaminantes criterio en el aire ambiente.

• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Los métodos de medición para determinar la concentración de contaminantes criterio en el aire ambiente y los procedimientos de calibración de los equipos de medición.

Cabe apuntar que la NOM-156 rige en todo el territorio nacional y es de observancia obligatoria para los gobiernos locales, en aquellas zonas o centros de población que cuenten con alguna de las condiciones siguientes:

  • Asentamientos humanos con más de quinientos mil habitantes.
  • Zonas metropolitanas.
  • Asentamientos humanos con emisiones superiores a veinte mil toneladas anuales de contaminantes criterio primarios a la atmósfera.
  • Conurbaciones.
  • Actividad industrial que por sus características se requiera del establecimiento de estaciones de monitoreo de calidad del aire y/o de muestreo de contaminantes atmosféricos.

Esta Norma incluye distintos conceptos y criterios para facilitar el establecimiento y operación de sistemas de medición de la calidad del aire, desde la instalación de una estación de muestreo y/o monitoreo hasta la implementación de toda una red.

Con el propósito de confiar en la información que genera una estación de medición de calidad del aire y que además pueda ser comparada con la información que genere otra estación ubicada en una localidad totalmente distinta, la Norma mantiene un esquema de aseguramiento y control de calidad.

De igual manera, los laboratorios de calibraciones utilizan un sistema de calidad para el desarrollo de un programa de gestión de calidad.

Somos una empresa y consultora mexicana especializada en el diseño, implementación y mantenimiento de redes de monitoreo atmosférico de proyectos públicos y privados, proveemos equipamiento, software especializado y capacitación para su implementación.

Ofrecemos servicios personalizados que cumplen con los estándares nacionales e internacionales en:

  • Diagnóstico y rehabilitación
  • Mantenimiento preventivo y correctivo
  • Operación y gestión de datos por estación
  • Calibración acreditada

En Persis nos consolidamos como alternativa en la asesoría técnica ambiental y en la gestión de la medición atmosférica. Nos especializamos en proveer equipos que monitorean las partículas PM2.5 y PM10, el monóxido de carbono(CO), dióxido de azufre (SO2), Ozono (O3), Óxidos nitrosos (NOX), así como los fluorocarbonos, aerosoles, y compuestos orgánicos volátiles.